23/3/2011
El texto habilita la posesión de un máximo de ocho plantas de cannabis de uso sicotrópico por hogar, no por persona. Por encima de estas cantidades, la Justicia podrá interpretar que es para comercialización.
También se podrá portar hasta 25 gramos de marihuana.
Para los casos de uso terapéutico en que sea necesario más de ocho plantas, Sabini explicó que el proyecto pondera que el Ministerio de Salud Pública otorgue el permiso correspondiente.
El legislador puntualizó que se agregaron estos días dos complementos más al texto antes de ser presentado.
“Los complementos que agregamos refiere a ampliar lo que es el concepto de consumo personal que ya estaba incluido en el espíritu del proyecto que refiere a todo lo que tiene que ver con el consumo doméstico y, por otro lado, a través de conversaciones que hemos tenido con autoridades del Poder Ejecutivo lo que tiene que ver con la plantación de cáñamo en nuestro país, que se encuentra prohibido por pertenecer a la familia del cannabis que tiene utilización productiva e industrial básicamente en el sector de los textiles y establecer dentro de lo que son las excepcionalidades que el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca pueda permitir la plantación de cáñamo a raíz de la aplicación del proyecto”, indicó Sabini.
Fuente: http://www.espectador.com/1v4_contenido.php?id=208435&sts=1